miércoles, 18 de noviembre de 2009

CAUSA AYALA...Pedido de 25 años de prisión perpetua para Ulibarrie.


Con el inicio de la ronda de alegatos, la querella y la fiscalía pidieron 25 años de prisión perpetua para el ex comisario imputado Diego Ulibarrie, por la desaparición forzada de persona y privación ilegítima de la libertad de Vicente Ayala, Julio Barozzi, Jorge Saravia Acuña y Orlando Romero, en febrero de 1976. Se preve que la instancia durará hasta el jueves.
...Hoy martes se confirmo que la lectura del fallo en este causa, sera el proximo lunes 23 de noviembre a partir de las 9hs., en el juzgado federal de la provincia, sito en calle C. Pellegrini esq. Rioja. La convocatoria para dicha jornada por parte de familiares de las victimas y demas organizaciones, es a partir de las 8,30hs...Los abogados querellantes, Ramón Leguizamon, Hermindo Gonzales y Daniel Domínguez Henaín, y el fiscal Flavio Ferrini coincidieron durante sus distintos alegatos en el repaso de los distintos testimonios y el aporte a la causa iniciada hace cuatro meses.

Las partes buscaron demostrar que el operativo se enmarcaba en un estado represivo, la autoría de Ulibarrie en los delitos, identificar a los cuatro desaparecidos y que la policía provincial estuvo involucrada en la detención, que era parte de un sistema en el cual actuaban las fuerzas de seguridad en conjunt

Otro planteo es de que la pena se agrava por el "tiempo transcurrido".

Ramón leguizamon indicó que “durante las audiencia quedó demostrado de que el Terrorismo de Estado se desarrollo en base a una claudicación de los derechos humanos, dadas por leyes secretas que fueron emanadas por los decretos 2770/75 y 2771/75. Estábamos en un gobierno en apariencia constitucional pero se negó la calidad institucional con la excusa de parar lo de Tucumán".


“Lo acontecido no es aislado sino que se empalma en actividades comunes en la lucha contra la subversión", la cual el profesional calificó como "una forma de protesta contra un sistema económico y social”.

Similares argumentos tuvieron los otros para identificar que el operativo “fue parte de un proceso sistemático de represión”.

En relación a la autoría del ex comisario en el secuestro de las cuatro víctimas, las partes apuntaron a que los testimonios de Juan Carlos Camino y Fabián Seles, resultaron de “vital importancia”.

Seles era un vendedor ambulante durante esa época y pudo presenciar el operativo así como precisar que fue “Diego Manuel Ulibarrie el que lo comandaba”.

Por su parte, Camino era parte de la policía federal. En su testimonio, las partes recordaron que fue este quien recepcionó en su dependencia a Vicente Ayala y Julio Barozzi a la tarde de aquel trágico 16 de febrero.

Además pudo precisar de que “tenían signos de tortura. También pudo individualizar a Ulibarrie como el director del operativo y que Ayala y Barozzi estaban bajo su custodia”.
Con este testimonio las partes buscaron “demostrar que hubo tormentos aplicados a estos dos”.

Leguizamon
Por otra parte las personas que vieron el procedimiento además de Seles fueron: “Angélica Nieves Gañuna de Garay, Miguel Angel Tanuri, Cecoto, Vitorino Blanco” afirmó el abogado querellante, Ramón Leguizamon.

La primera “salía de su trabajo a horas del mediodía dirigiéndose a la esquina de las calles Moreno y Rioja y vio a dos detenidos escaparse siendo perseguidos por personal policial, con lo cual a uno le dispararon y al otro lograron agarrarlo”.

Por otro lado “añadió que más tarde vio la misma camioneta en la jefatura de policía”.

Miguel Angel Tanuri “se dirigía para el club San Martín en su vehículo y tuvo que parar porque la calle estaba cortada por un operativo policial, además pudo presenciar que había un aglomerado de gente. Cuando se acercó vio a tres personas detenidas contra la pared, en la cual a una de ellas identificó como Vicente Ayala”.

Haraldo Cecoto “también da cuenta de que hubo disparos de armas de fuego. Por otro lado aporto que el coronel Hornos fue a su casa y le tomo los datos sobre lo que había visto”.

Juan Alarcón, por entonces cuidador del Club San Martín durante el hecho “si bien no se acordaba bien de lo acontecido, escucho disparos. Además existe una declaración suya dada hace 33 años en la que cuenta que vio el procedimiento hecho por policías de la provincia”.

En otro sentido, el profesional valoró además los testimonios de los abogados Humberto Pérez y Juan Eduardo Obregón, que escucharon de la boca de un ex prefecto, Leandro Acosta, de que “Ulibarrie mató de patadas en el hígado a Vicente Ayala”.

Asimismo estas declaraciones dadas en audiencia anteriores “precisan de que Ulibarrie era parte del área militar 231”.

También consideró importante el testimonio de Ana María Silvero, pareja de Julio Barozzi, quien en su testimonio habló de “otros jóvenes” que acompañaban a Barozzi.

El testimonio del abogado Eduardo Porta, por su parte, fue señalado por Leguizamón porque “este dijo que el jefe de la policía provincial de ese momento, Adrián Sosa, le había dicho que Ayala estaba muerto”.

“Además en este testimonio también se dijo de que estos fueron derivados al RI9”.

Los testimonios que identificaron que Jorge Saravia Acuña estaba con los otros detenidos se dan a partir de la identificación de las declaraciones de Luíz Lázaro, Ricardo Escobar e Ida Ruíz Suarez, su ex pareja.

Los tres pudieron dar precisiones de que el detenido desaparecido conocía a “Vicente Ayala y Orlando Romero y de que iban a hacer actividades políticas en Corrientes”.

Gonzáles
A su turno, Hermindo Gonzalés indicó: “se trataba de un proceso generalizado, sistemático, porque había comunicación entre los captores, queda claro el funcionamiento. Hasta se elaboraron ficheros con información de todo el país sobre los detenidos en la clandestinidad”.

“De esta manera es que nos queda el triste saldo de los 30 mil desaparecidos, un número que nos duele”.

Por ello el querellante pidió que la sentencia sea “de 25 años de prisión perpetua”.

El basamento de aquel pedido radica en los artículos 144 bis del Código Penal, que trata sobre la privación ilegítima de la libertad y de los incisos 1 y 5 del artículo 142 de la misma carta, los cuales norman penas para los delitos de detención violenta por parte de un funcionario y aplicación de tortura.

La suma de los años que cada artículo fija como pena a cumplir es de 39 años, aunque por ley solo se permite 25 años.

Henaín
“Pudiendo haber acusado de homicidio se ha respetado el hecho de que tal vez exista la posibilidad de que sigan vivos, por ello se hizo este pedido”, dijo Daniel Domínguez Henaín y añadió que "uno podría interpretar que el delito sigue ejecutándose porque todavía las víctimas no aparecieron".

“Asimismo quisimos respetar las garantías del imputado, las cuales no tuvieron las víctimas”.

Los artículos que se eligió para determinar “el cuantum de la pena se ubican en razón del contexto de una nulidad de tolerancia por parte del Estado: los decretos que eran secretos, testigos amenazados por fuerzas del ejército y demás cosas escuchadas aquí”.

Por otro lado Henaín afirmó que “fue probada la personalidad violenta del imputado, cuyo concepto dentro de la policía era el de un hombre duro, de los que golpean”.

"Se podría plantear de que transcurrido 30 años que sentido tendría aplicar la pena, sin embargo es necesario que una comunidad tenga garantía de libertad y la preservación de su integridad física, eso debe hacerse a través de las consecuencias hacia los transgresores de esas normas", afirmó.

"Esto no es venganza, obedece a la necesidad de no tolerar estos comportamientos dentro de una sociedad".

Ferrini
El fiscal Flavio Ferrini dijo que “puede notarse un trabajo en conjunto con las otra fuerzas, de otra manera no se puede explicar que la causa haya sido absorbida en su momento por un juzgado de instrucción militar”.

Además “cuando Ulibarrie fue sumariado en una oportunidad, este tuvo por contestación que se le pregunte por su desempeño a las autoridades del ejército, ¿porqué?, si el era de la policía”.

Asimismo también señaló que en “el legajo de Ulibarrie se lo galardona por su ‘gran capacidad de mando”, con lo cual “queda claro que no se trataba de un subalterno”.

En suma, ratificó el pedido de la querella. Mañana será el turno de la defensa en la ronda de alegatos.

Por Mariano Mauriño del Centro de Comunicacion Comunitaria.


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