miércoles, 20 de mayo de 2009

Herramientas para el debate!!!. Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual


El miércoles 6 de mayo se realizó el “Foro participativo de consulta pública sobre la Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual” en la Universidad de Buenos Aires. Durante el desarrollo de este Foro las posiciones de los expositores transitaron por tres carriles bien definidos. Los que defendieron el proyecto como un paquete cerrado que no está sujeto a ningún tipo de crítica (yendo más allá, incluso, de la propia convocatoria del gobierno a que este “borrador” sea “enriquecido, corregido y mejorado”), aquellos que lo descalificaron sin ningún tipo de propuesta (con el argumento de que es parte de la política de este gobierno) y quienes, asumiendo que venimos desde hace años pidiendo una nueva ley, presentamos todas las críticas que alcanzamos a elaborar luego de su lectura, conjuntamente con propuestas.El proyecto presentado por el gobierno, de ser aprobado, será también de los gobiernos que le sucedan. Por eso lo debatimos y proponemos modificaciones; porque no nos es indistinto cualquier proyecto; como tampoco que se siga con la actual legislación que ha sido manipulada y violada durante todos los gobiernos post dictadura.

Quienes nos vienen gobernando, no nos han garantizado nunca nada por motus propio. Todo se ha logrado a través de la lucha y la organización. No creemos que deba esperarse a que se nos garantice el derecho a la libertad de expresión y a la construcción de una comunicación popular, sin batallar constantemente por esto. Y meterse en este debate es una batalla más; ni la única ni la última. Solo una más.

Quizás por eso en casi todas las intervenciones escuchadas, más allá de los intereses particulares que defendieron, se remarcó que la participación y la movilización popular será la garantía, no solo de que se pueda parir una nueva ley verdaderamente democrática y plural, sino que la misma se ponga en práctica y no quede, como en muchos casos, en letra muerta.

Desde la regional Buenos Aires de la Red Nacional de Medios Alternativos se decidió participar en esta instancia con un documento conjunto y con intervenciones individualizadas por cada colectivo de comunicación. El objetivo era poder ampliar los aportes de acuerdo a los intereses propios de cada medio.

A su vez, más allá de las contribuciones de los integrantes de la RNMA se pudieron escuchar una cantidad de intervenciones que mostraban gran afinidad en los planteos.
En general estas exposiciones comenzaron con críticas, desconfianza e incertidumbre respecto de los términos en que se planteó este espacio de intervención pública.

En primer lugar, se formuló que la importancia de este proyecto, hubiese requerido de un debate público y participativo. La modalidad de los foros convocados desde el gobierno (más allá de que los encuentros configuran simplemente actos políticos) permite, en el mejor de los casos, exponer propuestas pero no abrir el debate. A su vez, sólo se podrán conocer las modificaciones realizadas al proyecto (en el caso de que así suceda), cuando éste se presente en el Congreso Nacional, lo que no permite saber qué se tendrá en cuenta de los aportes realizados durante los Foros.

Por eso corresponde a las diversas organizaciones, grupos y medios que presentaron modificaciones al articulado de la propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual estar presentes cuando se debata en comisiones del Congreso dicho proyecto de ley.


También se señaló la falacia que encierra plantear este proyecto desde la dicotomía dictadura – democracia.

Los defensores del proyecto vienen planteando que ésta será una Ley de la democracia, en oposición a la actual legislación (decreto Ley 22.285) que fue sancionada durante la última dictadura militar.

Esta operación discursiva obtura cualquier tipo de posicionamiento crítico, porque cuestionar esta ley, implicaría defender la actual legislación, o a la dictadura.

Fueron muchas las intervenciones que salieron al cruce de esta maniobra. Varios oradores coincidieron en destacar que la ley 22.285 fue modificada y empeorada durante los gobiernos constitucionales posteriores a la dictadura; cambios que permitieron, acentuaron y consolidaron el modelo actual conformado por grandes multimedios, la penalización de las radios comunitarias, alternativas y populares y la monopolización de la información.

Más allá del proyecto de ley, se cuestionó hablar de gobierno de los derechos humanos cuando en lo que va del año se calcula que hay por mes alrededor de 16 casos de gatillo fácil, asesinatos en cárceles y comisarías y desapariciones (como las de Jorge Julio López y Luciano Arruga).

Por otro lado, se planteó que si bien los impulsores de la ley plantean la promoción del pluralismo en el acceso a los medios y a las licencias y manifiestan que la norma impedirá la formación de monopolios, el actual proyecto es poco contundente a tales fines, y la limitación del poder de las corporaciones mediáticas queda reducida a una mera cuestión formal.

Por ejemplo, se establece un límite nacional de 10 licencias por prestador para servicios de radiodifusión abierta y hasta 24 por cable, lo que resulta es insuficiente para acabar con el monopolio de los grandes medios.

En este mismo sentido, las intervenciones apuntaron a la contradicción que implica no derogar el decreto 527/05 firmado por el ex presidente Néstor Kirchner que suspendió por diez años los términos de los plazos en las licencias adjudicadas, beneficiando a los mismos grupos económicos cuyo poder pretende limitar la futura nueva legislación.

No derogar el mencionado decreto implicará que de ser aprobado el proyecto, no podrá tener efectos en la práctica concreta, en muchos casos, por lo menos hasta dentro de 10 años o más.

Por último, y con respecto a los medios alternativos, populares y comunitarios, muchas fueron las intervenciones que plantearon que no estamos contemplados como sector sino que quedamos diluidos en la figura de “entidades privadas sin fines de lucro”. Nuestros medios son mucho más que eso. Somos organizaciones que cumplimos un rol político-social y cultural fundamental dentro de las comunidades y los sectores en que desplegamos nuestra tarea. Es necesario que la nueva ley nos defina como actores con características, necesidades y responsabilidades específicas, y apoyo legal, técnico y económico diferenciado.

También se llamó la atención sobre la importancia que tiene el proceso de reglamentación de esta norma, una vez convertida en ley del Congreso. Y se remarcó que para que la reglamentación no desvirtúe el contenido del proyecto es imprescindible que el texto del mismo sea lo más claro y preciso posible respecto a sus definiciones y conceptos para que la interpretación de la ley sea clara.
Además se propuso que el proceso de debate y definición del reglamento que finalmente firmará el Ejecutivo, sea puesto en discusión y abierto a la participación de los actores sociales interesados.

A continuación transcribimos las intervenciones que consideramos más destacadas de esta jornada realizada el 6 de mayo pasado en la Universidad de Buenos Aires



Red Nacional de Medios Alternativos

La RNMA frente a la Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La Red Nacional de Medios Alternativos de Argentina (RNMA) es un espacio de acción y de debate en el que nos articulamos, desde el año 2004, medios alternativos, comunitarios y populares de todo el país, y en diferentes soportes.
En primer lugar, desde la RNMA, afirmamos que la existencia de la actual propuesta de proyecto de ley es producto de la lucha de todos los que construimos espacios de comunicación popular, alternativa y comunitaria.
La pelea la dimos no sólo desde la caída de la dictadura (y también antes) sino que además resistimos el embate neoliberal del menemismo que nos quiso hacer desaparecer.
Desde hace un año, la RNMA venía pidiendo conocer el proyecto. Hicimos varias actividades públicas y juntamos cientos de firmas. Lamentamos la brevedad de los tiempos que nos han marcado para presentar propuestas ante una ley de esta trascendencia y de lo complejo de su entramado.
Sin embargo hemos estudiamos el proyecto y traemos nuestros aportes y críticas a este Foro, por dos motivos:
1º porque, tal como dice la introducción, este es un “documento de trabajo destinado a ser enriquecido, corregido y mejorado” y por lo tanto no tendremos una actitud ni obsecuente ni de “veneración” respecto al mismo.
2º porque creemos necesario que se especifiquen conceptos, definiciones que aparecen poco claros o ambiguos de manera que no estén sujetos a interpretaciones de unos pocos cuando la ley se reglamente. La letra de la ley debe ser lo más clara y específica posible.

Estas son nuestras propuestas

1. Planteamos la Derogación del Decreto 527/05.
Si el espíritu de la Propuesta de Proyecto de Ley es la limitación a los monopolios la existencia de este decreto es una clara contradicción.
Este Decreto 527/05 - que en la práctica entregó por una década más las licencias a los monopolios para que las continúen explotando- es un cerrojo para la aplicación plena de la ley.
El mismo Artículo 40 de la Propuesta de Proyecto dice “El régimen de multiplicidad de licencias previsto en esta ley no podrá alegarse como derecho adquirido frente a las normas generales que, en materia de desregulación, desmonopolización o defensa de la competencia, se establezcan ahora o en el futuro”.
Por eso pedimos su derogación

2. Pedimos que se re-defina y especifique al actor denominado “Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”.
Nuestro medios..- los medios comunitarios, populares y alternativos – son mucho más que entidades sin fines de lucro. Tampoco debemos ser confundidos con medios de baja potencia. Por el contrario, somos organizaciones que cumplimos un rol político-social fundamental dentro de las comunidades (geográficas o de intereses) en las que realizamos nuestro trabajo. Por eso resulta imperioso que la ley cuente con esta tipología de licenciatario.

3. Respecto a nuestros medios, el proyecto debe asignarles una parte específica de espectro.
La igualdad de oportunidades de acceso a licencias es imposible dentro del 33% designado para entidades privadas sin fines de lucro.
Porque nuestros medios tendrían que disputar licencias con Fundaciones, las iglesias, las corporaciones sindicales y otras organizaciones que entran en la misma tipología de licenciatario cuyo poder político y económico (y sus características y objetivos) son completamente distintos a los nuestros.
Los medios comunitarios, populares y alternativos deben estar especialmente protegidos y su actividad específicamente promovida para poder gozar de un ejercicio de la comunicación plenamente democrático.
La garantía del ejercicio pleno de los derechos de los comunicadores comunitarios, populares y alternativos tiene que ser una obligación del Estado y esto tiene que quedar claro en la Propuesta de Proyecto de Ley


4. También el proyecto debe contemplar mecanismos específicos de acceso a licencias para nuestros medios.
El proyecto debe prever asistencia técnica y tarifas diferenciadas para el acceso a los pliegos; elementos que faciliten los trámites respecto a la obtención de personería jurídica y para la elaboración del plan técnico y financiero, etc.
Estos mecanismos específicos de acceso a licencias deberán incluir a su vez consideraciones específicas respecto de los requisitos de “idoneidad y experiencia” que se plantean en la propuesta.

5. Respecto a la ayuda financiera
Para que la igualdad de acceso a licencias se haga efectiva es necesaria una clara actitud proactiva de promoción de los medios comunitarios, populares y alternativos por parte del Estado. Para que esto ocurra es necesario que, mas allá del 4% asignado por el art.85, se establezca un FONDO ESPECIFICO en base a lo recaudado por el gravamen a la radiodifusión (art 82), exceptuándolos además del pago del mismo. Este FONDO se destinaría para abrir líneas de financiamiento, subsidios, asistencia técnica, etc.

6. Asignación automática de licencia
Para todos aquellos medios comunitarios, populares y alternativos que al momento de sanción de la ley estén transmitiendo, en base al análisis del Consejo Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y al historial de dichos medios (producciones, aval de comunidad, etc.),
Devolución de los equipos a los radios que hayan sido decomisadas.

7. Respecto a los órganos de control exigimos mayor pluralidad y representatividad.
Tanto el órgano de control como los distintos consejos que prevé la propuesta son altamente dependientes del Poder Ejecutivo quien es el que finalmente “designa” a sus integrantes…”a propuesta de” o por elección de “candidatos de” cada sector que los integran.
En este sentido proponemos que:
Autoridad de aplicación: que pase de cinco a siete miembros. Tres designados por el Poder Ejecutivo, dos designados por la Comisión Bicameral y dos designados por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, uno de los cuales debe provenir del sector de los comunitarios.
Consejo Federal de Comunicación Audiovisual: que se incorporen tres miembros más designados por el sector de los medios comunitarios, populares y alternativos.
Defensor del público: que sea elegido a través de un procedimiento parlamentario como el Defensor del Pueblo de la Nación.

8. Reducción del número de licencias por prestador.
La limitación a 10 licencias por prestador no es suficiente para acabar con el monopolio mediático. Es necesario reducir esta cantidad para poder lograr los objetivos explicitados en la Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios Audiovisuales de “promoción de la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación”.

Todas estas propuestas apuntan a democratizar la comunicación y limitar el avance de los monopolios mediáticos, aunque nuestra lucha continuará hasta que éstos no existan más.
Durante el Foro realizado en la ciudad de Córdoba el Sr. interventor del COMFER, Gabriel Mariotto, que: “Aquellos aportes que coinciden con el espíritu del Ejecutivo serán incorporados”. Esperamos que así sea.
De todos modos afirmamos que será la movilización popular lo que garantice no solo de que pueda parir una nueva ley sino de que la misma se ponga en práctica y no quede, como en muchos casos, en letra muerta.

Correo electrónico: rnma@rnma.org

Red Eco Alternativo
jueves, 14 de mayo de 2009

Críticas y aportes de Red Eco al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Red Eco es un colectivo de comunicación y cultura alternativa que desde hace 11 años trabaja en defensa de la libertad de expresión, difundiendo y defendiendo las formas de comunicación comunitaria, alternativa y popular y, por lo tanto, denunciando la censura y decomiso que han sufrido esta clase de medios en tiempos de democracia.
Por esta razón nos parece oportuno aclarar que consideramos un error el presentar este proyecto de ley desde la alternativa dictadura - democracia. Si bien la propuesta que estamos debatiendo, es superadora del Decreto Ley 22285, fueron las modificaciones que sufrió durante los gobiernos de Carlos Menem, Fernando De la Rúa y Néstor Kirchner las que posibilitaron la creación y afianzaron la existencia de los monopolios mediáticos que hoy se pretendería desarticular.
Asimismo consideramos que si la invitación a participar en estos Foros tiene como objeto aportar otras opiniones, enriquecer su contenido y mejorar el proyecto, no tiene sentido condenar luego las críticas como si ellas implicaran una defensa a la ley de la dictadura. Nos negamos a optar por el mal menor, queremos una buena ley no simplemente una que mejore la actual y en esa dirección van nuestros aportes.
Compartimos las contribuciones vertidas por la Red Nacional de Medios Alternativos, de la cual formamos parte.
1-Sin extendernos mucho en su contenido, nos referimos a la exigencia de derogar el Decreto 527/05 ya que su vigencia vuelve impracticable la aplicación de una nueva ley democrática y antimonopólica.
Esta misma contribución fue acercada por otras organizaciones, periodistas, docentes y estudiantes en los Foros realizados en Salta, Rosario, Mendoza, Parará y Córdoba.
También su firma fue fuertemente criticada por la Dirección y la Junta de la carrera de Comunicación de esta casa de estudios en mayo de 2005 y el presidente de FARCO en ese entonces, Nestor Busso, lo calificó de bochornoso, y dijo que con él se consolidaba la concentración en la propiedad de los medios que sufrimos en Argentina.
2-La necesidad de redefinir y especificar al actor denominado “Personas Jurídicas sin Fines de Lucro”. Los medios comunitarios, populares y alternativos son mucho más que entidades sin fines de lucro y cumplen un rol político-social fundamental dentro de las comunidades (geográficas o de intereses) en las que están insertas. No encontramos ni en el texto del proyecto ni en sus notas al pie ninguna observación que atienda estas diferencias.
3-A su vez desde la RNMA se formuló que en el proyecto los órganos de control son altamente dependientes del Poder Ejecutivo. Más allá de los mecanismos por los cuales se proponen sus integrantes, es el Ejecutivo quien los designa. Si se pretende conformar una autoridad de aplicación, órganos consultivos y un defensor del público políticamente autónomos y plurales, esto debe garantizarse en su instrumentación.
4-Por último compartiendo lo aportado por Daniel Fossaroli, Presidente de Foro Argentino de Radios Comunitarias en el Foro realizado en Paraná, desde la RNMA se propuso la reducción del número de licencias por prestador dado que la limitación a 10 licencias no resulta suficiente para acabar con el monopolio mediático.
Tras este breve resumen pasamos a nuestros aportes:


Definición de Espacio Radioeléctrico
Antes de definir el ALCANCE de la ley y el objeto de regulación (tal como lo hace el artículo 1) es necesaria una definición política y jurídica acerca de la naturaleza del ESPACIO RADIELECTRICO
Si bien el proyecto legisla sobre soportes que hoy utilizan espacio radioeléctrico y otros que no (por ejemplo el cable), en el camino a la digitalización, lo que se adjudicará será “ESPACIO radioeléctrico “.
Por eso proponemos que el primer artículo exprese :
“El espacio radioeléctrico es un “BIEN PUBLICO DEL ESTADO” y como tal no es ni ENAJENABLE ni PRESCRIPTIBLE. Nadie puede arrogarse derechos de Propiedad sobre el mismo.”

Respecto a los requisitos para obtener una licencia (Articulo 23)
1º) El inciso g) de la parte I de este artículo, plantea que no puede ser adjudicatario de licencia quien fuese magistrado judicial, legislador, funcionario público ni militar o personal de seguridad en actividad, etc (o sea todos aquellos enunciados en al art.5º de la ley 25.188 de ETICA DE LA FUNCION PUBLICA)
Pero agrega que esta limitación no alcanza a estas mismas personas si son “meros integrantes” de una entidad sin fines de lucro.
En este tipo de entidades, la toma de decisiones fundamentales para el logro de los objetivos estatutarios, se realiza en ámbitos en los cuales participa la mayoría de sus integrantes.
No se entiende, por lo tanto, cual es la fundamentación para que un “mero integrante” siendo magistrado judicial, legislador, funcionario público, militar o personal de seguridad en actividad, no este alcanzado por la limitación.
Por eso proponemos eliminar el último párrafo de este artículo y que la limitación no tenga ninguna excepción.

2º) La restricción de “No tener vinculación jurídica societaria ni sujeción directa o indirecta con empresas periodísticas o de radiodifusión extranjeras”, planteada en el inc b) parte II de este artículo, alcanza solo a las personas de existencia ideal (o sea sociedades), pero no figura como restricción para las personas de existencia visible ( o sea las personas físicas).
Entonces puede suceder que el dueño de un multimedio pueda en forma personal explotar licencias en nuestro país y tener una empresa periodística o de radiodifusión en el extranjero. Proponemos incorporar esta restricción también para las personas físicas.

3º) Respecto al requisito de tener “idoneidad y trayectoria cultural comprobable en el país o en el extranjero”, nos preguntamos ¿bajo qué parámetros culturales se mide la idoneidad y quién/es son los que definen si alguien posee o no trayectoria cultural? ¡Cómo se mide esa trayectoria?
O sea, es necesario que en el proyecto se especifiquen dichos parámetros.


Respecto a las Reservas en la administración del espectro radioeléctrico
El art.77 inc f) reserva un 33% de las localizaciones planificadas para las personas de existencia ideal sin fines de lucro. Dicha reserva así planteada puede resultar una limitación si se tiene en cuenta que el proyecto no especifica el mismo porcentaje de reserva para personas de existencia visible o ideal con fines de lucro.
Proponemos, que para respetar la equidad en cuanto a la posibilidad de acceso a licencias, se agregue como ultimo párrafo del inciso f) del artículo 77, lo siguiente:
“Sin embargo, en aquellas localizaciones donde los prestadores definidos en el artículo 21 inc a) (personas de derecho público estatal y no estatal) no ocupen un 33% del espectro radioeléctrico, el espectro libre deberá ser adjudicado en partes iguales entre los prestatarios privados con fines de lucro y los privados sin fines de lucro”.

Respeto a la distribución de la Pauta publicitaria Oficial
La publicidad oficial funciona en la práctica como un elemento que ayuda a sostener la situación monopólica que se quiere limitar con el Proyecto.
Consideramos que existe un manejo discrecional de los fondos públicos que se destinan a través de las pautas publicitarias a los diferentes medios de comunicación. Por eso proponemos agregar una artículo a continuación del Artículo 64 (Avisos oficiales y de interés público) que enuncie:
“La distribución de la pauta publicitaria que los Estados nacional, provincial y municipal realicen, debe responder a un criterio de equidad, reconociendo la existencia de todos los prestadores que enuncia esta ley. Debe además contribuir a garantizar los objetivos enunciados en el artículo 3º en cuanto a la promoción y garantía del libre ejercicio del derecho a la comunicación y a la libertad de expresión”.

Correo electrónico: boletines@redeco.com.ar Web: http://www.redeco.com.ar

Comisión de Debate - CECSO
jueves, 14 de mayo de 2009

Aportes para la discusión del Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Comisión de Debate del Centro de Estudiantes de Ciencias Sociales
Este aporte es fruto de las discusiones y reflexiones que tuvieron lugar en la Comisión de Debate sobre la Ley que se impulsó en esta Facultad, desde las organizaciones que conforman el centro de Estudiantes de Ciencias Sociales, y de las que también participaron muchos compañeros independientes. El debate pretendió trascender el mero análisis de la ley, y se planteó discutir tanto el contexto político en que este proyecto es impulsado, como las modalidades de intervención y participación generadas por sus impulsores.
En primer lugar, queremos establecer desde qué lugar intervenimos.
En esta facultad, y sobretodo en la carrera de Ciencias de la Comunicación, se vienen desde hace años discutiendo las políticas y la planificación de la comunicación en nuestro país, el rol que juegan los medios de comunicación de masas en las sociedades modernas, la creciente mercantilización de la información, la tendencia a la monopolización de los medios y la consecuente vulneración de los derechos fundamentales a la comunicación. Hemos aprendido, y sobran los ejemplos, que los medios masivos, empresas de la comunicación, no sólo lucran con la información, sino que sirven a intereses políticos y económicos. Unos pocos medios en unas pocas manos sólo pueden servir a los intereses de unos pocos. Vale también mencionar que durante las últimas décadas han surgido innumerables experiencias de comunicación alternativa, entendiendo a la comunicación como una herramienta para la construcción de un proyecto liberador para nuestro pueblo y a la alternatividad en tanto oposición a un discurso hegemónico que, desde los grandes medios masivos de comunicación, legitima un sistema de dominación, en el que opresión e injusticia son pilares fundamentales. Estas experiencias también vienen siendo abordadas, retomadas y discutidas en diferentes espacios de la carrera de Ciencias de la comunicación.

Es por ello, que ante todo acordamos en la necesidad urgente de una nueva ley que garantice el acceso plural y democrático a las comunicaciones, así como también que ponga límites al poder de los monopolios mediáticos y legisle en favor de los sectores menos favorecidos.
Creemos que debemos evitar caer en la dicotomía “a favor o en contra”, “ley de la dictadura vs ley de la democracia” o “gobierno versus clarín”, significados que viene circulando en muchas de las instancias de debate en esta comunidad académica y en la sociedad. Este tipo de operaciones obturan cualquier tipo de posicionamiento crítico que pueda establecerse, y además, toda crítica a la ley termina enmarcada en un “hacerle el juego a los multimedios”. De hecho, vale destacar que la ley vigente, sancionada por decreto por la dictadura genocida, ha sido sucesivamente modificada por gobiernos democráticos, y esos cambios han contribuido a la creación y fortalecimiento de los monopolios mediáticos. El último capítulo de este proceso tuvo lugar en el 2005, con la sanción por parte de Nestor Kirchner del decreto 527, que suspendió por 10 años los plazos de las licencias, regalándole a los multimedios una década de explotación comercial de dichas licencias.
Creemos que las instancias de participación y de discusión impulsadas por el oficialismo, tanto como las modalidades en que están se llevan a cabo tienen serias limitaciones. ¿Qué ocurre con los aportes o críticas que se formulen? ¿Quién define cuales son pertinentes y cuáles no? ¿Y si no se integrarán al proyecto, al menos se difundirán? Hacemos este señalamiento porque varias organizaciones han manifestado que han realizado aportes, posicionamientos o críticas y no se les ha dado curso ni difusión.
Este proyecto de ley es, según sus impulsores, “un documento de trabajo, destinado a ser enriquecido, corregido y mejorado por virtud de la libre participación ciudadana”. Por nuestra parte, consideramos que dadas las condiciones, no existe desde el ejecutivo ningún tipo de voluntad de incorporar las críticas que desde nuestro lugar podamos formular a la ley. Sobretodo porque esto implicaría avanzar decisivamente sobre el poder de los multimedios y el sector privado de la comunicación. Para lo que hace falta voluntad política.
Tampoco somos ingenuos con respecto al poder que efectivamente poseen los monopolios de la comunicación. Pero no podemos caer en el señalar que la ley es buena aunque tenga muchos defectos, o que es lo más progresista que puede pedirse a este gobierno, o que dado el poder que tienen los grandes medios, esta ley es lo máximo que podría obtenerse en estas circunstancias.
Aún así, recogemos el guante. Y trataremos de desarrollar nuestra posición, que surge de la lectura, discusión y análisis del texto de la ley, y fundamentalmente, poniendo en relación el “espíritu” plural, democrático y antimonopólico que sus impulsores le adscriben con el contenido de la misma.
En este sentido, consideramos, que esta ley resulta insuficiente a los fines de garantizar el acceso plural y democrático a los medios, la limitación del monopolio mediático y el acceso de nuevos actores al mapa de los medios de comunicación.
Centraremos los aportes en 5 puntos:
1- La ley no limita el poder de los monopolios mediáticos.
En primer lugar, no contempla la derogación del decreto 527/2005. Vale destacar que la Dirección y la junta de la carrera de comunicación de esta facultad se manifestaron entonces del siguiente modo:
“De esta manera los actuales propietarios de medios se ven beneficiados por una medida que suspende el cómputo de los plazos que la ley otorga de quince más diez de prórroga por única vez extendiendo por otros diez el término original.

Ante esta decisión, que supone la definición de una línea de política comunicacional de parte del gobierno acorde a los intereses de los propietarios de medios de comunicación, la Dirección y la Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires rechazan y deploran la sanción del Decreto 527/2005”.
Resulta indispensable y urgente la derogación del mencionado decreto, pilar del sostenimiento del hiperconcentrado mapa de medios actual.
Además, la ley reduce a 10 la cantidad de licencias de radiodifusión por prestador (más 1 licencia de servicios audiovisuales).
Consideramos que esto es insuficiente para acabar con la concentración. EL número debería ser sustancialmente menor.
Además la limitación de prestar servicios a más del 35 % del total nacional de habitantes o abonados también es insuficiente. Tres grupos empresariales pueden conformar un oligopolio y cubrir con la prestación de un determinado servicio todo el territorio nacional.

2- La ley reserva el 33 % del espectro radioeléctrico a “personas de existencia ideal sin fines de lucro” (art. 77)
Esto implica una nebulosa, ya que en este 33% pueden entrar desde sociedades con intereses mercantiles como la Fundación Noble o la Fundación Ford hasta iglesias sindicatos o medios alternativos. Por supuesto, al no tipificarse cuáles son las condiciones para el acceso a licencias, para el financiamiento, sostenimiento económico, desarrollo tecnológico, etc, esta indeterminación terminará beneficiando a quienes posean los medios económicos en detrimento de organizaciones sociales, medios alternativos, populares, comunitarios e indígenas. En este sentido, citamos el posicionamiento de la Red Nacional de Medios Alternativos respecto a este punto, porque nos parece pertinente para aportar al debate:
Los medios comunitarios, populares y alternativos son mucho más que entidades sin fines de lucro y tampoco deben ser confundidas con medios de baja potencia. Por el contrario, son organizaciones que cumplen un rol político-social fundamental dentro de las comunidades (geográficas o de intereses) en las que están insertas. Por ello resulta imperioso que la ley cuente con una tipología de licenciatario que las contemple para lograr así su defensa y promoción en pos de la democratización de la comunicación.

3- Acceso al sercivio para empresas de telecomunicaciones
La ley establece que las empresas que brindan servicios de telefonía pueden acceder a licencias. En concreto, esto beneficia a las telefónicas multinacionales. Pensando que ya hoy día el Gobierno Nacional mantiene un profundo silencio sobre la relación entre Telefónica y Telefé creemos que se esta planteando, restarle poder a un monopolio para entregárselo a otro. Claramente, hay intereses monopólicos detrás de algunos puntos de la ley.

4- Medios universitarios
El artículo 130 establece que “las Universidades Nacionales podrán ser titulares de autorizaciones para la instalación y explotación de servicios de radiodifusión”.
A su vez, el artículo 131 estipula los modos de financiamiento. El mismo establece que “Los servicios contemplados en este Capítulo se financiarán con recursos provenientes de: a) Asignaciones presupuestarias atribuidas en las Leyes de Presupuesto Nacional y en el presupuesto universitario propio; b) Venta de publicidad; c) Los recursos provenientes del CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL o del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN; d) Donaciones y legados y cualquier otra fuente de financiamiento que resulte de actos celebrados conforme los objetivos de la estación universitaria de radiodifusión y su capacidad jurídica; e) La venta de contenidos de producción propia; f) Auspicios o patrocinios.
El financiamiento queda entonces enmarcado en una nebulosa. Es esencial la discusión respecto del financiamiento de las radios universitarias, así como los criterios para el otorgamiento de estas licencias.
Dada la crisis presupuestaria que vive nuestra universidad, y que se evidencia en las precarias condiciones edilicias, los bajos salarios, los miles de docentes que trabajan gratis, la carencia de recursos tecnológicos y didácticos para la educación, no vamos a esperar que salgan del exiguo presupuesto universitario los fondos para sostener estas emisoras.
Por otro lado, si no se estipulan fondos concretos y diferenciados para este tipo de medios, su suerte estará librada a la capacidad de entablar asociaciones con empresas comerciales (algo que está estipulado en la ley), con todas las implicancias de mercantilización y perdida de autonomía que esto puede implicar.
Además, no se señalan los criterios para el otorgamiento de estas licencias, lo que queda a criterio de la autoridad de aplicación.

5- Autoridad de aplicación
El artículo 14 establece la conformación de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. El mismo señala que su conducción “será ejercida por un Directorio integrado por CINCO (5) miembros designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, DOS (2) de ellos a propuesta de la COMISIÓN BICAMERAL DE PROMOCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”.
En primer lugar, esto implica que todos los representantes son designados a dedo por el Poder Ejecutivo, más allá de la salvedad de la propuesta de la comisión bicameral.
A su vez, el artículo 16 establece la creación de un CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. El mismo estará integrado por 24 representantes del PE de las provincias, 3 por los prestadores privados, 3 por las entidades sin fines de lucro, 1 por las Universidades Nacionales que posean emisoras, 1 por las Universidades Nacionales con carreras de comunicación, 1 por el Sistema de Medios Públicos y 2 por los trabajadores de prensa.
Frente a esto, nos surgen varios interrogantes: ¿Con qué criterio se van a designar los representantes de las Entidades sin fines de lucro? ¿Cómo van a estar contemplados los medios alternativos, populares y comunitarios? ¿No debería establecerse una participación definida para este tipo de medios con características y objetivos propios, y en cuya esencia está la lucha por la democratización de las comunicaciones? ¿Quién va a designar al representante de las Universidades? ¿Mediante qué proceso? ¿Qué lugar tendrán los diferentes actores de la universidad en la elección?
Entendemos que el criterio de elección del representante de las universidades nacionales que posean emisoras y carreras de comunicación debe darse al interior de cada universidad para no violar la autonomía política de estas instituciones. Pero al tratarse de una ley que pone en relación a la Universidad con el poder ejecutivo su no aclaración es un punto gris más de la ley.
A su vez, ¿es equitativa la representación en el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual? Los sectores populares, las organizaciones sociales, las entidades educativas, los medios alternativos, ¿tienen garantizada la voz en esta instancia? Creemos que debería contemplarse ampliar la representación para que estos sectores estén contenidos.

6- Finalmente, creemos que los medios alternativos y los trabajadores de prensa son los grandes ausentes en esta ley.
La única mención a los trabajadores es su participación en el Órgano Consultivo. Por otro lado, creemos que la discusión sobre esta legislación debe ir acompañada de otro debate, que refiere a las condiciones de precarización laboral –cada vez mayor- que tiene lugar en los medios de comunicación. Canales de televisión, radios, productoras audiovisuales, medios de prensa violan sistemáticamente los derechos de los trabajadores, negando la libertad de asociación sindical, la posibilidad de efectuar reclamos salariales o directamente negando estos derechos a través de regímenes de trabajo en negro encubierto. Y cualquier estudiante de comunicación de esta facultad que trabaja en medios puede dar cuenta y testimonio de ello. A su vez, se debería garantizar la participación de los trabajadores de los medios de comunicación en la toma de decisiones y en la política editorial.
Estos puntos nuclean las preocupaciones y reflexiones que hemos expresado en los debates de la comisión. Creemos que debemos posicionarnos fuertemente en este sentido, y señalar críticamente estas insuficiencias que presenta la ley, así como otras que no hemos abordado por razones de espacio.
Estas discusiones pretenden aportar a lograr que la nueva ley que reemplace a la 22.285 garantice verdaderamente la universalidad en el acceso y la participación en los medios de comunicación, y limite el poder de los monopolios mediáticos, requisito indispensable para un verdadero y plural ejercicio del derecho a la comunicación.
Para concluir, citamos la declaración de la Asamblea del Centro de Estudiantes de Ciencias Sociales respecto de la ley:
"La asamblea del CECSo se pronuncia por rechazar la actual formulación del proyecto de ley servicios de comunicación audiovisual. Por la apertura de un proceso de debate y movilización por la abolición de la ley de la dictadura y sus reformas menemistas, para terminar con la concentración mediática, y por garantizar el derecho a la comunicación al conjunto de los trabajadores y el pueblo"
Esto implica que estamos por una nueva ley, pero creemos, por todos los motivos que hemos señalado más arriba, que este proyecto resulta insuficiente para garantizar el derecho a la comunicación, así como la democratización en el acceso y la participación en los medios, y para acabar con la concentración monopólica de los medios de comunicación.

Correo electrónico: http://www.redeco.com.ar/nv/
Web: http://www.cecso.com.ar/


Gonzalo Besteiro - Comisión de Debate sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Asociación de Radios Comunitarias (AMARC) en Argentina
jueves, 14 de mayo de 2009

Aportes desde la Asociación Mundial de Radios Comunitarias en Argentina para analizar el anteproyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Las radios comunitarias se han constituido como actores sociales legítimos y canales de expresión para muchos grupos excluidos y marginados, a pesar de haber sido privadas de ejercer legalmente el derecho a la comunicación. Con una historia de más de 20 años sostenida en una práctica de comunicación alternativa, nuestras radios encuentran en la lucha por la democratización de las comunicaciones su razón de ser.
Tal como lo expresan los Principios para un marco regulatório democrático sobre radio y TV comunitaria elaborados por AMARC, “Las libertades de expresión, información y comunicación son Derechos Humanos fundamentales garantizados por tratados internacionales que deben ser reconocidos como tales por todas las sociedades democráticas. (...) La diversidad y el pluralismo en la radiodifusión es un objeto fundamental de cualquier marco regulatório democrático”.
Por eso valoramos la concepción del anteproyecto de ley concebido en pos de garantizar el Derecho Humano universal a la libertad de expresión y a la información, en sintonía con las mejores prácticas internacionales y las recomendaciones y estándares interamericanos en Derechos Humanos.
La propuesta amplía el objeto de la regulación atento a los nuevos escenarios tecnológicos en el campo de las comunicaciones.
En este sentido, son claves la diferenciación y reconocimiento de los tres actores –privados-comerciales, públicos y sin fines de lucro- y la reserva de 33% del espectro para organizaciones sin fines de lucro, tal como fue planteado en los 21 puntos elaborados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática.
Entendemos que este es un paso trascendental para modificar radicalmente un sistema de medios que se ha configurado en base a la concentración y monopolización en manos privadas, una configuración avalada por la Ley de Radiodifusión vigente y especialmente por sus modificaciones realizadas durante períodos democráticos. La reglamentación de esta normativa será también una instancia fundamental en la cual deben estar representados todos los sectores involucrados. Por lo tanto, consideramos que una manera de garantizar ese derecho adquirido es participar activamente en el diseño del plan técnico y de la reglamentación de la nueva legislación para aportar desde nuestra mirada a la conformación de un sistema de medios equitativo.
De aprobarse este proyecto, las limitaciones a la concentración y la conformación de monopolios y oligopolios –que se expresa en la cantidad de licencias permitidas, en los límites en cuanto a la cantidad de audiencia potencial, a la propiedad cruzada, a las cadenas y repetidoras y en las exigencias de producción propia- serían una referencia fundamental para los países de la región.
También el diseño institucional contempla una participación plural que se expresa en la creación de una Autoridad de Aplicación, un Consejo Consultivo, un Consejo Asesor y una Comisión Bicameral a través de los cuales debe estar garantizada la representación de los diversos sectores involucrados: las provincias, los prestadores comerciales, los sin fines de lucro, los medios públicos, universitarios, las y los trabajadores y académicas, entre otros.
En la misma línea, valoramos el establecimiento de procedimientos de adjudicación y renovación de licencias -concurso y audiencias públicas respectivamente- y destacamos la necesidad de mecanismos de evaluación de las propuestas en base al reconocimiento y valoración del rol específico de cada tipo de medio.
En este punto, es necesario hacer notar la clara contradicción de estos principios y procedimientos con el Decreto 527, que extendió por diez años más el plazo de las licencias de los medios comerciales. La anulación de este Decreto, por los mecanismos constitucionales que resulten más convenientes, es imprescindible para sostener en la práctica los principios democratizadores de este proyecto.
Desde hace 25 años somos parte de este debate y esta lucha por el reconocimiento del Derecho Humano a la libertad de expresión, a la información y la comunicación. Creemos que en este momento es fundamental ampliar la participación ciudadana sostenida para incidir en la configuración de un sistema de medios inclusivo, que garantice, a todos los sectores y grupos sociales, el derecho a expresarse libremente y ser constructores de su propio destino. Por eso nos comprometemos a seguir estudiando críticamente el anteproyecto, a aportar nuestras observaciones y sugerencias, a ser parte activa de los intercambios y a ampliar este debate fundamental que debe involucrar a toda a sociedad.

Correo electrónico: argentina@amarc.org Web: http://alc.amarc.org/index.php?p=home&l=ES

Centro de Producciones Radiofónicas
jueves, 14 de mayo de 2009

Medios comunitarios indígenas: la Ley debe proteger a los más vulnerables
Atentos al espíritu plural, diverso y democrático de la Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual elaborado por el Poder Ejecutivo, desde el Centro de Producciones Radiofónicas del CEPPAS -Centro de Políticas Públicas para el Socialismo- hacemos un llamado de atención para que sean contemplados los medios comunitarios indígenas como actor específico dentro de la comunicación ya que son imprescindibles a la hora de analizar si un sistema de comunicación es o no plural y diverso.
En la actual letra no aparecen expresados ni la voluntad de que existan, ni los mecanismos a través de los cuales se los piensa contemplar, defender, fortalecer y promover. La primera respuesta que se elabora para responder a este reclamo es decir que hay un 33% del espectro que está garantizado para entidades sin fines de lucro, y que dentro de esta porción es donde pueden actuar los medios de comunidades originarias.
Pues bien, esta solución no solo es insuficiente, sino irreal, ya que no tiene en cuenta que:

1- Hay muchos tipos de organizaciones que pueden acceder a frecuencias dentro de ese 33%, no quedando claro cómo se garantizará que estén representadas las comunidades originarias. A ese 33% pueden entrar la Fundación La Nación, la CGT, y la Iglesia Católica, con visiblemente más capacidad de gestión y organización que muchas comunidades indígenas, con lo cual, lo que propone la futura Ley es uniformidad en las condiciones de acceso a frecuencias, y no una preocupación especial porque esa igualdad se traduzca en la efectivización de los derechos de todas las minorías, y en este caso, los pueblos originarios.

2- Por otro lado, por una cuestión técnica, política y hasta filosófica, no se puede pretender que las comunidades originarias se constituyan como entidad sin fines de lucro al estilo ONG o Fundación, con personería jurídica. En lo técnico, esto constituye un obstáculo para el acceso a frecuencias para los pueblos indígenas. Desde lo político, incluso en caso de que algunos se constituyan con personería jurídica, esto no puede ser un requisito desde la Ley, porque es limitante al ejercicio de los derechos. Filosóficamente, imaginemos que es absurdo pedirle a una Nación, como puede ser la mapuche, que tenga una personería jurídica, para que se les permita hablar en su lengua a través de un medio, que además, no tendrá fines de lucro. Sería como pedirle a la Nación argentina, como ente abstracto, que sea una ONG para que haya radios en español.

3- No debería haber más requisito que el autorreconocimiento de los pueblos originarios como tales para que tengan asegurado el derecho a acceder a frecuencias. El establecimiento técnico de esto será parte de otra discusión, pero puede ser reserva de cantidades de frecuencias por comunidad, o porcentaje del espectro de ese 33% para pueblos originarios.

4- El autorreconocimiento y la autodeterminación de los pueblos originarios están consagrados por legislación internacional como el Convenio 169 de la OIT de derechos indígenas o la Resolución ONU de 2007, declaraciones a las que Argentina ha adherido. Por lo tanto, debe primar esto a la hora de determinar que debe asegurarse el derecho de tener medios comunitarios a los pueblos originarios, y los mecanismos para facilitarles el acceso y el mantenimiento de sus medios.

5- Teniendo en cuenta la legislación internacional anteriormente citada, su autodeterminación en tanto pueblo originario incluye la potestad sobre su territorio y recursos naturales, incluyendo el espectro radioeléctrico.

En la Propuesta se citan múltiples legislaciones y convenios internacionales, que también abogan por la diversidad de voces y la libertad de expresión, y su lectura permite evidenciar la voluntad internacional por defender especialmente a los pueblos originarios y sus derechos.

El Estado y la Ley tienen deudas históricas para con los pueblos indígenas: cuando no fueron ignorados fueron perseguidos, masacrados y atropellados sus derechos. En nuestro país hay veintisiete pueblos indígenas, que representan de un 3% a un 5% de la población total [1]. Argentina debe admitir que es un país multicultural, y en este sentido, asegurar mecanismos concretos desde la Ley para que los pueblos indígenas puedan fortalecer sus lenguas, tradiciones, cosmovisiones y culturas, por años acalladas, a través de sus propios medios comunitarios de comunicación. Y también para que esto permita a quienes no son indígenas, acceder a estos conocimientos, lo que redundará en un enriquecimiento cultural general que vendrá aparejado con el respeto y ejercicio efectivo de los derechos de todos y todas.
Según el Principio 12 de la Declaración sobre Libertad de Expresión de octubre de 2000 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tan citado por la Propuesta de Ley, “Las asignaciones de radio y televisión deben considerar criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades para todos los individuos en el acceso a los mismos”. Hay que garantizar la igualdad de oportunidades. El mapa propuesto no garantiza el acceso a todos por igual. Por eso debe haber medidas tendientes a defender espectro para medios comunitarios y comunitarios indígenas. La Ley debe legislar para los más vulnerables y ellos son los pueblos indígenas. En este caso, la uniformidad en las formas esconde la injusticia en las prácticas concretas.

Por todo esto, nuestro aporte es que se considere incluir en la futura Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual el reconocimiento de los medios comunitarios indígenas como un tipo de medio específico, con requisitos especiales y mecanismos concretos para facilitarles a las comunidades el acceso a frecuencias, y el mantenimiento y continuidad de sus proyectos, imprescindibles para llevar a cabo lo que la Propuesta se pone como objetivos: una comunicación plural, diversa, democrática y en donde todos tengan posibilidades reales de acceder al micrófono.

[1]Datos de 2007. El Mundo Indígena 2007, IWGIA-Grupo Internacional de Trabajo Sobre Asuntos Indígenas; capítulo sobre Argentina, por Morita Carrasco.

Correo electrónico: http://www.redeco.com.ar/nv/
Web: http://www.ceppas.org/cpr/

Barricada TV - Noticiero Pupular
jueves, 14 de mayo de 2009

Intervención de Barricada TV en el Foro sobre el proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual realizado en la Facultad de Ciencias Sociales
Queremos comenzar esta intervención recuperando el planteo realizado por los compañeros de la Comisión de Debate del proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual acerca de la falsa dicotomía entre una "ley de radiodifusión de la dictadura" y una "ley de radiodifusión de la democracia". Si lo que queremos es realizar una verdadera y profunda reflexión sobre la comunicación hoy y sobre el papel que cumplen los medios en la construcción de la subjetividad social, entonces es necesario dejar de lado esta falsa oposición que, como estrategia argumentativa del gobierno, sólo conduce al oscurecimiento del debate.
En este marco traemos al foro una intervención crítica y alternativa que intenta promover una real democratización de las comunicaciones. Por eso partimos alertando, como muchos compañeras y compañeros que nos precedieron dando su opinión crítica, sobre las condiciones estructurales de la comunicación en el país. Nos referimos concretamente a la necesidad, a la urgencia de derogar el decreto 527/05 como punto de partida fundamental para avanzar en una verdadera democratización. No podemos esperar 10, 15, 20 años para "limitar" los monopolios y frenar la concentración. Tenemos que enfrentarlos ahora.
En este sentido destacamos que la reducción de licencias por prestador nos sigue pareciendo insuficiente, y que no dejaremos de luchar por la antimonopolización en nombre del posibilismo o del conformismo.
Al mismo tiempo compartimos con ustedes el interrogante que nos genera la digitalización de la televisión y el contexto en que ésta se presenta. No podemos dejar de señalar nuestra oposición al reemplazo de un "monopolio" por un oligopolio -nos referimos al ingreso de las telefónicas y el negocio del triple play-, y llamamos la atención sobre la reproducción de la desigualdad que seguirá acarreando una migración tecnológica de alto costo y de importación, que seguirá discriminando a nuestros medios alternativos, comunitarios y populares.
Dicho esto cerramos esta intervención sosteniendo los cuatro puntos que discutimos y consensuamos en la Red Nacional de Medios Alternativos que integramos: derogación del decreto 527; definición de los medios comunitarios, populares y alternativos como actores con características, necesidades y responsabilidades específicas y no como organizaciones sin fines de lucro; mayor representatividad y pluralidad en los órganos de control y reducción del número de licencias por prestador.
Si lo que pretende es una real democratización basada en la lucha contra la concentración material y discursiva, entonces exigimos se incluyan estas reivindicaciones.

Correo electrónico: http://www.redeco.com.ar/nv/
Web: http://www.barricadatv.blogspot.com/

La Colectiva Radio
jueves, 14 de mayo de 2009

Aportes de La Colectiva Radio durante el Foro convocado por el COMFER sobre el proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Voy a referirme a algunas palabras dichas en el panel previo a las intervenciones. Se dijo que “el peor enemigo es el silencio” y también se hablo de “posibilidades”.
Este es un documento de trabajo y en ese sentido, el peor enemigo es el no debate y la falta de propuestas concretas. Lamentablemente el COMFER decidió abrir estos foros, sin tiempo ni instancias de análisis del proyecto, teniendo en cuenta que no es un tema menor.
No es menor, porque es en democracia que se sentaron las bases para la concentración de medios que hoy vivimos. Y si no se presta atención a algunos puntos de este proyecto, es posible que, de sancionarse en ley, esta concentración continúe con ley de democracia y que se termine de ilegalizar sin derecho a replica a quienes construimos medios de comunicación alternativos.
A esto apuntamos como parte de la RNMA, con el señalamiento sobre la derogación del decreto 527/05 y la inclusión real en el texto de la ley, de la distribución del espacio en tres partes y no solo limitando el 33% del espectro a organizaciones sin fines de lucro. Reducir las licencias por titular para los privados no alcanza para pluralizar el espectro, si el reconocimiento a los otros actores de la comunicación es vago y si no se les deja lugar.
También se dijo aquí que la comunicación es herramienta fundamental para la democracia y que no es solo patrimonio del periodismo. Muy bien, a eso podemos agregar que la comunicación es un derecho humano, y que implica no solo poder recibir y consumir información, sino también producir. Acá es donde entra la figura que nosotros proponemos incluir (en el punto 2 del documento) y que definimos como medios comunitarios, alternativos y populares. No es suficiente con reconocer medios privados sin fines de lucro ya que en esta categorización se generan desigualdades que para nosotros, deforman el sentido de la apertura a otros actores y atentan contra la pluralidad.
Las fundaciones de las grandes empresas (algunas incluso abiertas por empresas de medios de comunicación, como la Fundación Noble) por dar el ejemplo mas claro, no deberían ser nunca considerados como posibles titulares de medios en el ámbito sin fines de lucro. Menos aun, los consideramos en la categoría que proponemos como RNMA.
Aquí se hablo de posibilidades. Ciertamente, la posibilidad de que se cambie la actual ley para algunos consiste en el apoyo acrílico a este proyecto, y quizás eso explique algunos silencios. La idea de legitimar per se sin debate no es lo que nos movió como integrantes de la RNMA a generar propuestas y participar de este y otros foros. Por el contrario, lo que nos mueve es la voluntad para generar otras posibilidades, por eso hace 5 (o mas años) que estamos construyendo espacios de comunicación alternativa, comunitaria y popular, sintiéndonos parte de una historia que se remonta a muchos años atrás también.
La discusión y la propuesta no será el factor que impida la sanción de una nueva ley. De la misma manera que el cambio de rótulo, ley de la democracia o de la dictadura, no será el factor que democratice la comunicación, mientras se ampare legalmente a las empresas de medios.
Esperamos contribuir con estos puntos que proponemos como parte de la RNMA, a un mejoramiento del proyecto y a nuevos debates, pero sobre todo a la idea de democratizar la comunicación.

Correo electrónico: radio@lacolectiva.com.ar
Web: http://lacolectiva.com.ar/index.php

El Andamio - agrupación estudiantil
jueves, 14 de mayo de 2009

Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Acerca de oposiciones obsecuentes y posibilismos derrotistas. Propuestas y consideraciones


La presentación por parte del Poder Ejecutivo Nacional del anteproyecto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual revitalizó la histórica discusión sobre la radiodifusión en la Argentina y la concentración de medios. La derogación de la ley de radiodifusión de la dictadura genocida no se debe al humor o las “bunas intenciones” de ningún gobierno, sino que es producto de lucha y la presión ejercida por el movimiento popular durante más de 25 años. En este sentido consideramos que este es un momento clave para articular desde el movimiento popular propuestas de cara a limitar la concentración mediática y que den lugar a la real existencia de proyectos de comunicación alternativa, popular y comunitaria.

Desestimamos el planteamiento de falsas dicotomías y posicionamientos que obturan el debate. Por un lado, la oposición entre Ley de la democracia y Ley de la dictadura (propuesta desde el mismo Gobierno) perspectiva que intenta ubicar a todas las miradas críticas del proyecto como defensoras de la última dictadura militar o de los intereses de los multimedios. Por otra parte se ubican algunos grupos opositores que ante su falta de reflexión y propuesta real intentan plantear la distinción entre oposición y oficialismo de tal manera que toda postura que no sea el rechazo total y definitivo al proyecto en su conjunto es presentado como un aval a las políticas del Kirchnerismo. De esta manera se nos plantea un abanico de posicionamientos que van desde del posibilismo derrotista a la oposición obsecuente.

Al igual que durante el conflicto por la 125, resulta evidente el posibilismo de muchos intelectuales y organizaciones sociales y políticas, esta vez identificadas con la lucha por la “democratización del sistema de medios”. Asegurando que este proyecto “es lo mejor que pudo lograrse” e incluso sosteniendo que no será sancionado porque el oficialismo no cuenta con el respaldo suficiente en el parlamento, polarizan presentando la propuesta del gobierno tal cual está como la única opción posible frente a Clarín y la última dictadura. De esta manera llaman a defender la Ley de manera acrítica e irreflexiva, olvidando, entre tantas otras cosas, que este Gobierno ejerció su complicidad con los multimedios por medio del decreto 527/05 que suspendió el cómputo de los plazos de las licencias por diez años.

Por otro lado la oposición obsecuente construye un rechazo del proyecto que termina negando la posibilidad a medios alternativos, organizaciones sociales y políticas y sectores académicos de dar un debate abierto de cara a la comunidad para incidir en el tema con una voz autónoma, legítima y contundente. Coincidimos con este posicionamiento en que el Gobierno no se plantea construir poder desde abajo, organizando, concientizando y profundizando el debate. Tampoco creemos que realmente tenga la voluntad de democratizar el sistema de medios. Pero negar el debate porque lo haya propuesto un “Gobierno Burgués”, implica en la práctica desaprovechar una oportunidad histórica para articular una propuesta superadora desde los sectores populares que venimos luchando por una nueva Ley de radiodifusión desde hace 25 años y que tenemos mucho para decir en contra de la concentración mediática y por la democratización del espectro.

Desde El Andamio consideramos que estamos ante un momento histórico donde debemos ser capaces de poner en debate los 25 años de lucha de los medios populares, alternativos y comunitarios por cambiar la Ley de Radiodifusión de la dictadura, modificada y empeorada por casi todos los gobiernos democráticos que lo siguieron (inclusive el de Néstor Kirchner). Este es un gobierno débil (debilitado sobretodo con la 125) y el anteproyecto de ley contiene limitaciones políticas claras, propias de una legislación impulsada por el Kirchnerismo que esta lejos de impulsar un proceso de movilización social que la impulse, profundice, defienda y logre su aplicación. Pero estas debilidades y problemáticas no son impedimentos a la discusión: en todo caso deben ser retomadas por los sectores populares.

Rechazamos las declaraciones chatas sobre el apoyo o el rechazo a este anteproyecto y creemos que debemos asumir el verdadero debate: ¿qué sistema de medios queremos? y ¿cuáles son las ventajas concretas que nos ofrece este marco para avanzar sobre ellos?.

Nuestro planteo en los “10 puntos para una lectura crítica y movilizadora de la ley de servicios de comunicación audiovisual” (1) presenta el debate en esos términos. No nos confiamos del Gobierno ni creemos que baste con la promulgación de esta ley, no apostamos a que un gobierno que representa a sectores capitalistas construya desinteresadamente un proyecto a favor de los sectores populares. Tampoco pensamos hacer caso omiso al debate, ni callarnos cuando debemos alzar la voz para articularnos con los movimientos sociales y experiencias populares de comunicación. Estamos seguros de que el cambio en el sistema hiperconcentrado de medios de comunicación va a lograrse solo con la lucha y organización de los sectores populares, y es este el momento para avanzar en la articulación para proponer una agenda alternativa.

Propuestas y consideraciones

Cantidad de licencias:
El proyecto naturaliza la conformación de multimedios dejando intacta la posibilidad de que una persona vinculada a medios gráficos pueda ser propietaria de una licencia (esto lo prohibía la Ley de la Dictadura y fue modificado durante el menemismo)
La cantidad de licencias permitidas por cada licenciatario de diez licencias de radio o tv por aire y 24 por cable a nivel nacional no alcanza como medida a limitar la concentración mediática.

Licencias para empresas prestadoras de servicios públicos:
Permitir a empresas de servicios públicos acceder a licencias de radiodifusión o televisión por cable abre la puerta a la conformación de nuevos multimedios, esta vez con las empresas telefónicas a la cabeza (hasta hoy esto no estaba permitido).

Medios públicos:
En el caso del acceso a licencias de radio y TV para los municipios, los gobiernos provinciales, el nacional y las universidades no se especifican criterios de gestión ni objetivos (se deja abierta la posibilidad del manejo discrecional y la instrumentalización de espacios meramente gubernamentales).

Para los medios universitarios, es imprescindible la asignación de partidas presupuestarias especiales para el funcionamiento, equipamiento, salarios, infraestructura, etc.

Medios Alternativos, comunitarios y populares:

Hay que redefinir y especificar las características de los licenciatarios que entrarían en el 33% de los “sin Fines de Lucro”. Los medios comunitarios, populares y alternativos son mucho más que entidades sin fines de lucro.

Creemos que es fundamental garantizar el acceso a las licencias sin restricciones de cobertura a los medios populares, comunitarios y alternativos. Hacemos nuestras las demandas referidas a este punto formuladas por la Red Nacional de Medios Alternativos.

Digitalización:
Debido a que el proceso de transferencia al sistema digital supondrá la posibilidad de multiplicar la cantidad de frecuencias disponibles, deben generarse condiciones para garantizar un escenario que no vaya a “más concentración”.
Consideramos insuficiente el 4 % del gravamen para garantizar el traspaso a la tecnología digital para los medios no comerciales.
El proyecto deja en manos del Poder Ejecutivo todos los plazos y no presenta una apertura para el debate sobre esa definición.

Órganos de Aplicación:
Los órganos que plantea la ley vigente no son parámetro válido. Hoy el COMFER funciona con un interventor y a lo largo de los últimos años no jugó un papel a favor de los sectores que vienen luchando por democratizar el sistema de medios y comunicaciones.
En el anteproyecto, estos órganos mantienen una marcada dependencia respecto del Poder Ejecutivo. Coincidimos con la RNMA en que hay que pugnar por una mayor pluralidad y representatividad en los órganos de ejecución y control.
La Autoridad de aplicación debe pasar de cinco a siete miembros, agregando dos designados por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, uno de los cuales debe provenir del sector de los medios populares, comunitarios y alternativos.
El Defensor del público debería ser elegido a través del mismo procedimiento parlamentario por el que se elige al Defensor del Pueblo de la Nación.
Se deben incorporar al Consejo Federal de Comunicación Audiovisual tres miembros más, provenientes del sector de los medios comunitarios, populares y alternativos.

Correo electrónico: elandamio@nodo50.org Web: http://www.elandamio.org.ar

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